Golpe judicial de Teresa Rodríguez a Podemos e IU: el TC decide sobre su expulsión de Adelante Andalucía
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Golpe judicial de Teresa Rodríguez, líder de Anticapitalistas, a Podemos e Izquierda Unida (IU), instigadores de la expulsión de Rodríguez y ocho diputados más del grupo Adelante Andalucía -del que formaban parte IU, Podemos y más grupos andalucistas-. Y es que, aunque el Tribunal Constitucional (TC) ha denegado la suspensión de los acuerdos de la Mesa del Parlamento andaluz del mes de noviembre de 2020 sobre la expulsión de nueve diputados del grupo Adelante Andalucía -incluida quien era su presidenta, Teresa Rodríguez-, ha señalado que adelantará el fallo, lo que a priori es positivo para la líder de Anticapitalistas.
Así se recoge en un auto de la Sala Primera del TC, con fecha del pasado 21 de junio y notificado este viernes día 25, consultado por Europa Press, al hilo del recurso de amparo que el referido grupo de diputados interpuso contra el acuerdo de la Mesa del Parlamento del 18 de noviembre de 2020 por el que los recurrentes adquirieron la condición de diputados no adscritos, y contra el del 25 de noviembre del mismo órgano de gobierno de la Cámara andaluza, que desestimó los recursos de reposición planteados por los recurrentes en amparo.
Las referidas nueve expulsiones de los parlamentarios de Adelante Andalucía -marca de la coalición con la que concurrieron a las elecciones andaluzas de 2018 Podemos e IU, además de fuerzas andalucistas- se justificó por parte de Podemos e IU por el supuesto episodio de transfuguismo en el que éstos habrían incurrido -a excepción de la diputada también expulsada Ana Villaverde- al darse de baja como afiliados de Podemos sin dejar el grupo parlamentario al que llegaron en representación del partido morado.
Los parlamentarios expulsados del grupo de Adelante, y que desde entonces adquirieron la condición de no adscritos presentaron una demanda de amparo ante el TC alegando una supuesta vulneración del artículo 23.2 de la Constitución en relación con el 23.1, relativo al derecho de los ciudadanos a la participación en asuntos públicos.
De esta manera, los recurrentes alegan que, al pasar a la condición de diputados no adscritos, «pierden la mayor parte de los derechos que tienen reconocidos en el Reglamento» del Parlamento, además de que cuestionan «la propia figura de diputado no adscrito por no ser respetuosa con el derecho de participación política», y niegan que exista «respaldo legal o jurisprudencial para la adopción del acuerdo de la Mesa del 18 de noviembre de 2020».
El órgano de gobierno del Parlamento andaluz, «a juicio de la demanda -y según relata el auto del TC-, no ha protegido a los diputados, ya que adoptó un acuerdo sin que estuviera acreditada la expulsión del grupo parlamentario de los diputados recurrentes», de modo que la Mesa de la Cámara «carecía de cobertura legal o reglamentaria para adoptar el acuerdo del 18 de noviembre, confirmado por acuerdo de 25 de dicho mes», al entender de los recurrentes.
Medidas cautelares
Por argumentos como éstos, entre otros, los demandantes de amparo solicitan la «pronta resolución» de su recurso, así como que se acordara «con carácter urgente la suspensión de los efectos» de los citados acuerdos de la Mesa del Parlamento, de forma que los recurrentes «sean readmitidos en el grupo parlamentario Adelante Andalucía con toda restitución de los derechos que tenían anteriormente a su expulsión por los acuerdos recurridos».
Y es que los ahora diputados no adscritos entienden que los efectos de la ejecución de los referidos acuerdos de la Mesa del Parlamento les están causando «unos perjuicios de imposible reparación, pues dicha ejecución se extiende en el tiempo que queda de legislatura a la hora de ejercer sus derechos políticos que se ven extraordinariamente limitados», de modo que consideran que, «si no se produce la suspensión de dichos acuerdos, los efectos de la estimación del amparo serían meramente declarativos».
Sin embargo, la citada sala del TC -cuya Sección Primera admitió a trámite el pasado mes de mayo el recurso de amparo de los expulsados- ha acordado denegar de forma cautelar la suspensión de esos acuerdos de la Mesa del Parlamento, pero sí entiende que, «el hecho de que el presente recurso de amparo sea instado por quienes están investidos por el voto popular y ejercen la esencial función representativa de los ciudadanos, aconseja reducir al máximo posible la eventual afectación de sus derechos y, consiguientemente, adelantar, en cuanto sea compatible con la tramitación procesal, el momento de dictar sentencia».
El auto explica que el artículo 56.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) establece, «como regla general, que la interposición de un recurso de amparo no suspenderá los efectos del auto o sentencia impugnados», si bien el apartado segundo del mismo artículo «prevé una excepción a dicha previsión general, admitiendo la suspensión del auto o sentencia impugnados cuando su ejecución produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder su finalidad al amparo».
En este caso, la sala del TC entiende que, aunque no en condiciones «iguales» que si siguieran formando parte del grupo parlamentario Adelante Andalucía, los diputados no adscritos pueden seguir ejerciendo sus «derechos representativos en su esencia y, en particular, ejercer su derecho de voto en la Cámara», por lo que «no cabe entender que la eventual concesión del amparo en relación con el acuerdo de su baja en el grupo parlamentario al que pertenecían pierda su finalidad si no se suspenden los acuerdos impugnados que tienen por contenido derechos parlamentarios».
No obstante, el auto concluye que «este Tribunal es consciente de la preclusividad que comporta en los asuntos de origen parlamentario el final, natural o provocado, de la legislatura, y por ello entiende conveniente apuntar (…) que, el hecho de que el presente recurso de amparo sea instado por quienes están investidos por el voto popular y ejercen la esencial función representativa de los ciudadanos aconseja reducir al máximo posible la afectación de sus derechos y, consiguientemente, adelantar, en cuanto sea compatible con la tramitación procesal, el momento de dictar sentencia».
Reacciones
Tras conocerse este auto, uno de los diputados recurrentes en amparo, José Ignacio García, ha querido destacar, en declaraciones a Europa Press, que «se ha dicho que no se toman las medidas porque se adelantará el fallo, que es lo importante y lo que nos dará la razón de fondo», según augura.
Según este diputado, los ahora no adscritos «hemos sido muy molestos, el andalucismo de izquierdas que defendemos lo es, el que no se debe a Madrid lo es, sea del color que sea», y «estamos muy tranquilos porque hemos sido muy leales con nuestro proyecto y con los que nos pusieron aquí».
«Y por eso mismo dejamos el pasado atrás, que la justicia resuelva y ahora nuestra prioridad es precisamente la Asamblea» de «refundación» de Adelante Andalucía convocada para este sábado en Granada, según comenta José Ignacio García, que concluye subrayando que «está renaciendo algo bonito, desde abajo, muy participativo y con proyección, y pensamos que lo que ha ocurrido nos ha servido de impulso».